Publicado en Octubre de 2016 en la revista en línea Prostitution et Societé. Autor: Benoît Kermorgant Artículo original: http://www.prostitutionetsociete.fr/eclairage/comprendre/article/le-consentement-et-ses-ambiguites Traducción: María Teresa Sorolla Serrano Colaboración: Maura Lopez Si hay un freno que obstaculiza las luchas feministas desde sus orígenes es sin duda la noción del consentimiento de las víctimas, objeto de debates sin fin. Frecuentemente evocado, a menudo a lo largo de un juicio penal mediático, se caracteriza en realidad por fallas tanto en su definición como en su aplicación jurídica. Realmente, el famoso “consentimiento” que solo se utiliza para hablar de agresiones contra mujeres, no permite contar con una perspectiva suficientemente amplia con respecto a todas las situaciones de agresión sexual ni sobre lo que genera la violencia machista. Violencia de Año Nuevo en Colonia: el aggiornamento alemán Tras las agresiones sexuales y las violaciones ocurridas en Colonia durante la Nochevieja de 2015 que conmocionaron al mundo, hubo un amplio y áspero debate político. Surgieron graves dificultades jurídicas de carácter procesal a la hora de dar curso a algunas de las demandas. Hasta el momento (octubre de 2016), la ley alemana, si bien reformada en 1997, limitaba la definición de agresión sexual únicamente a la amenaza o coerción ejercida con el fin de acceder al acto sexual, lo cual no tomaba en cuenta las situaciones de shock, de miedo, o la falta de consideración del rechazo sin que por ello hubiera habido coerción. De ahora en adelante, la falta de consentimiento expreso, de algún modo u otro, se convierte en última instancia en la base sobre la que se define una agresión sexual en el país [1]. También en Francia hay fallas evidentes en la aplicación del derecho Para la opinión pública, el consentimiento parece ser una noción adquirida. En realidad, tanto su definición como sus fundamentos, a menudo complejos, se siguen cuestionando poco. La investigación llevada a cabo por la Asociación Mémoire Traumatique sobre la percepción de la ciudadanía francesa sobre la violación y la violencia sexual, Représentations des français-e-s sur le viol et les violences sexuelles, publicada en marzo de 2016, muestra asimismo que para una de cada cinco personas ceder significa consentir (¡dos términos que no significan lo mismo!) y que para el 40 % de las personas encuestadas, puede ponerse en duda la palabra de una mujer que no haya opuesto resistencia ante una agresión [2]. Un segundo elemento radica en el hecho de que todavía existe una mayoría de personas, y en ocasiones la justicia con ellas, que para teorizar y juzgar el consentimiento de alguien parten de la apreciación de un dato que no debería interferir a la hora de juzgar una agresión sexual: la edad de los y las participantes, la situación de prostitución, o bien la hora y el lugar donde se comete la misma… Tomemos un ejemplo, en Francia la ley considera que alguien menor de quince años no puede dar un consentimiento informado para aceptar una relación con alguien mayor de edad, si bien puede al menos expresar un consentimiento válido cuando se trata de alguien de la misma edad o más joven, y que en ese caso no ha habido subordinación aparente. Con un par de días de diferencia, el mismo vínculo de subordinación no tiene por qué tenerse en cuenta, y por lo tanto la misma violencia puede no ser reconocida. Es posible preguntarse pues si no sería útil que el consentimiento y la “mayoría de edad sexual” se examinasen por separado, y esto con el fin de evitar que el consentimiento se dé a priori por supuesto. Sobre la influencia del patriarcado en las sentencias Es obvio que el enfoque de “categoría de la situación” no es neutro con respecto a la jerarquía de status sociales heredados del poder patriarcal. Una acusación de violación a una persona adulta todavía se considera frecuentemente como algo menos grave que una acusación de violación a un menor, por ejemplo. La atención que se le otorga al hecho, sobre todo por parte de algunos agentes de la ley, es en ocasiones proporcional al valor que el mundo machista otorga a las categorías de individuos. Sin olvidar que el consentimiento en una situación de prostitución todavía tiene la fama de ser más difícil de probar o desmentir que en otros contextos, algo que además ningún estudio permite confirmar. Por otra parte, las personas saben diferenciar cada vez menos a un actor político de un agente institucional, y la militancia política de la aplicación del derecho. Hay quien parece olvidar que el consentimiento no es solamente objeto de un debate cuyos términos puedan discutirse, sino que se trata también de un objeto de derecho con normas jurídicas fijas que no se debaten. Sería aconsejable que el Estado informase sobre el concepto jurídico en sí mismo para así reafirmar su legitimidad legal, ya que los recurrentes ataques machistas contra este objeto de derecho ya son de sobra conocidos; todos se basan en el tópico de que se debe desconfiar de las leyes sobre sexualidad demasiado favorables a las mujeres de las que ellas podrían servirse para atacar injustamente a los hombres, urdir tramas, para aprovecharse... o ganar poder sobre ellos... Un concepto insuficiente para luchar contra todo tipo de violencia sexual Si hay un contexto en el que es posible demostrar hasta qué punto el consentimiento, aun si pudiera determinarse ante la ley, no elimina la violencia de un acto sexual o de su clasificación como relación de poder patriarcal, ese es claramente el contexto de la prostitución. Esto es así por varias razones: En primer lugar porque aunque una persona se resigne a vivir en situación de prostitución, esto no quiere decir sin embargo que se acepte cada acto sexual con cada “cliente”. No obstante, una vez que se entra en el mundo de la prostitución, ya sea a través de una red de trata o no, la posibilidad de rechazar a un putero es más difícil de lo que parece, especialmente bajo el efecto de ciertos tipos de disociación psicológica o por el control ejercido. Tanto si se acepta realizar el acto como si no, la relación de poder entre prostituyente y persona prostituida, hace que esta no tenga la capacidad de controlar ni el desarrollo ni el contenido del mismo, ni de hacer respetar los límites que pudieran haberse establecido previamente. La violencia sexual que genera el acto por el que se ha pagado sobrepasa la agresión sexual inmediata y produce una agresión psicológica en diferido cuyos efectos traumáticos se refuerzan mediante la repetición y por la violencia verbal y social que del mismo modo conlleva la prostitución. En la prostitución, la agresión sexual se basa en un sistema construido sobre las lógicas sociales patriarcales, desigualdades raciales y un enfoque económico ultraliberal que produce una inevitable explotación (incluso fuera de las redes de trata). El supuesto “consentimiento” a un acto de prostitución se ve influido por una socialización y unos condicionamientos (los de mujer y minoría sexual) que provienen de la resignación y no de la aceptación de esta explotación. Por lo tanto, el consentimiento no es el concepto milagroso para erradicar la violencia sexista y sexual porque, como afirma Nicole Claude Mathieu, a menudo se confunde consentir con ceder, sobre todo ante relaciones de poder que nos sobrepasan y que además dan lugar a la necesidad misma de reflexionar sobre el concepto de consentimiento. Como muy bien analiza la ensayista Freya Brown [3], el consentimiento, aun si fue acordado realmente, en el fondo no es más que una tapadera de las desigualdades en las relaciones entre los géneros y el masculinismo. ¿No sería ya el momento de, en lugar de esgrimir en cada ocasión la panacea del “consentimiento”, pensar en un objeto jurídico integral en torno a la desigualdad social en las relaciones afectivas y sexuales? [1] Petra Hessenberger, "En Allemagne, le jugement de viol ne dépendra plus du comportement des victimes", Libération, 12 juillet 2016. http://www.liberation.fr/planete/2016/07/12/en-allemagne-le-jugement-de-viol-ne-dependra-plus-du-comportement-des-victimes_1464684 [2] Muriel Salmona, "Le règne du déni et de la culture du viol", Mediapart, 6 mars 2016. https://blogs.mediapart.fr/muriel-salmona/blog/060316/lenquete-les-representations-des-francais-e-s-sur-le-viol-et-les-violences-sexuelles-le-regne-du [3] Freya Brown, "Let’s talk about « Consent »", https://anti-imperialism.org/2015/07/06/lets-talk-about-consent/ Visita nuestro canal de Youtube con interesantes videos traducidos y subtitulados en español: https://www.youtube.com/channel/UCuDKy2DjYr3Egw6iX1h1tcQ/videos
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