Por: Gunilla S. Ekberg B.S.W., J.D. Abogada & Procuradora (British Columbia, Canadá, 2001) Traducción: Hinaetefaton Tebas Original: http://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=5954&fbclid=IwAR3au0PJbJOrCqX6mLtmieOTKx5tZ8fTj61HNOerefsycc2JJ8Xl_JjN6rU Suecia ha trabajado durante muchos años para popularizar la igualdad de género en todas las áreas de la sociedad sueca, y por leyes positivas de igualdad de género que toman en consideración los derechos humanos sustantivos a mujeres y hombres, buscando cumplir a cabalidad nuestras obligaciones internacionales bajo, por ejemplo, la Convención de Naciones Unidas para la supresión de la trata de personas y la explotación de la prostitución ajena (CEDAW). Suecia está a la avanzada con un nuevo abordaje basado en los principios internacionales de los derechos humanos para la prevención y eliminación de la prostitución y la trata de personas con fines de explotación sexual, a través de lo que ahora se conoce en términos populares, como el “Modelo Nórdico”. El abordaje sueco, que involucra la criminalización total de quienes son responsables de la explotación de una gran mayoría mujeres y niñas (pero también de hombres y niños) para el propósito de la prostitución – tratantes, captadores, y los individuos que pagan por servicios sexuales-, mientras que se asegura que quienes son prostituidas, se vean como víctimas y no se criminalicen, y que en su lugar, se les de acceso a proyectos de salida totalmente financiados, apoyo y protección. Este abordaje, promulgado por primera vez en el año 1999, fue recomendado por el Parlamento Europeo (1) en el 2014, como ejemplo de mejor práctica para eliminar exitosamente la trata de personas ajustado a un marco de igualdad de género. Desde 1999, los siguientes países han adoptado este abordaje, mientras lo adaptan a sus contextos nacionales: Noruega e Islandia (2009), Canadá (2014), Irlanda del Norte (2015), Francia (2016), Irlanda (2017), con avances en Escocia, Italia, Cuba, Sudáfrica, Israel y Colombia. A continuación, describo el proceso que se llevó a cabo para desarrollar este abordaje legislativo y de política pública, sus componentes y políticas principales relacionadas con su implementación y su impacto. Principios El gobierno sueco, con amplio apoyo de la comunidad, cree firmemente en que criminalizar la trata de personas con fines de explotación sexual, el proxenetismo y el pago por servicios sexuales, mientras se descriminaliza a quienes son prostituidos, principalmente mujeres, avanza los derechos humanos indivisibles de las mujeres y previene la trata de mujeres, niños y niñas con fines de explotación sexual, a la vez que funciona como una barrera al asentamiento de redes criminales en Suecia. Suecia firmemente rechaza la idea de que las mujeres y las niñas son mercancías que pueden o deberían ser vendidas, compradas o explotadas. La prostitución es entendida como una barrera seria a la igualdad de género, que es dañina no solo para la mujer prostituida individualmente, el hombre o el niño y la niña, sino para la sociedad en general, debido a que se focaliza principalmente en aquellos que son discriminados y marginados económica, racial y étnicamente. Tanto la prostitución como la trata de personas con fines de explotación sexual, son incompatibles con principios de derechos humanos internacionalmente aceptados. La sociedad sueca defiende hace muchos años, y abraza los principios de la igualdad legal, política, económica y social para las mujeres y las niñas. I. El camino hacia el marco legal del Modelo Nórdico La implementación del abordaje sueco fue el resultado de los esfuerzos de un fuerte movimiento feminista en los 1970s y los 1980s para acabar con todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, considerando que la aceptación de las actividades de prostitución subordina la posición de la mujer y crean barreras para que ellas puedan comprometerse en la comunidad, como ciudadanas plenas. Tolerar la existencia de la industria de la prostitución, que los hombres paguen por servicios sexuales y que aquellas personas que son explotadas en la prostitución sean criminalizadas, crea serios obstáculos para el avance de una sociedad libre de discriminación, donde hombres y mujeres deben ser tratados como iguales, con iguales oportunidades y responsabilidades. En 1976, el gobierno sueco introdujo una ley sobre ofensas sexuales y nombró una Comisión de Indagación para investigar y analizar la prostitución. Subrayó el rol de los hombres dentro de este “intercambio” -enraizado en la dominación masculina- donde los hombres eran los traficantes, captadores, y usuarios (2). La Comisión concluyó en un informe de 1981, que la prostitución era incompatible con la igualdad de género.(3) Suecia tuvo un rol activo en las negociaciones para la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer CEDAW, y firmó y ratificó el tratado en 1980. Más tarde, la definición de violencia contra las mujeres de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres de las Naciones Unidas fue incorporada a las políticas y estrategias sobre igualdad de género en Suecia. (4) En mayo de 1998, el gobierno introdujo un proyecto de ley al Parlamento Sueco dirigido a la violencia masculina contra las mujeres y propuso la criminalización del pago por servicios sexuales (5). La legislación y políticas Kvinnofrid fortalecieron la ofensa de acoso sexual y definieron un nuevo delito penalizando la violencia masculina repetida con pareja femenina -violencia doméstica- como claves para luchar contra la violencia masculina hacia las mujeres. Esta ley, explícitamente establece que “[c]ualquiera que, de otra manera a la prevista previamente en este Capítulo, obtenga para sí (él/ella) un servicio sexual ocasional en intercambio por pago, será sentenciado por el pago de servicios sexuales a una multa o cárcel de hasta seis meses.(6) En enero de 1999, el gobierno implementó la ley mencionada y desarrolló políticas a través de todas las áreas relacionadas con la prostitución y la trata, e hizo que estos asuntos fueran una prioridad. En el año 2001, nombró al Asesor Especial sobre Prostitución y Trata de Personas dentro de la División de Igualdad de Género del Estado, a cargo de desarrollar y coordinar acciones con agencias públicas, asociaciones de mujeres y supervisar su implementación. En el 2002, el Consejo de la Unión Europea promulgó una Decisión Marco sobre la prevención y la lucha contra la trata de personas que requirió a los Estados Parte que criminalizaran la trata de personas por todos los propósitos, la cual fue reemplazada por la Directiva del 2011, consagrando la igualdad de género y su perspectiva como un valor central (7). En el año 2010, Suecia ratificó la Convención sobre las acciones contra la trata de personas del Consejo de Europa. Esta Convención incluye dos artículos sobre la prevención y el desaliento de “la demanda que fomenta todas las formas de explotación de personas, especialmente mujeres, niñas y niños, que llevan a la trata de personas (8). Para el 2014, el Parlamento Europeo recomendó el abordaje sueco, afirmando que el pago de servicios sexuales debería considerarse una ofensa criminal.(9) II. Los principales componentes y políticas relacionados con la implementación del abordaje sueco a. La Ley La Ley sobre Violencia contra las Mujeres de 1998, consistió en una serie de leyes preventivas y medidas dirigidas a crear una sociedad donde los derechos humanos de todas las mujeres y niñas son protegidos y fortalecidos. La Ley, a través de la ley que criminaliza el pago por servicios sexuales, cambió el foco de la legislación y las políticas para eliminar la prostitución por los usuarios de prostitución, siguiendo la lógica de que si no hubiera demanda, no habría actividades de prostitución. Los objetivos de este abordaje, son los siguientes:
La ley que prohíbe el pago por un servicio sexual está incorporada en el Código Penal Sueco, así: Una persona, en casos diferentes a los previamente establecidos en este capítulo, que obtiene una relación sexual casual en intercambio por pago, será sentenciada por el pago de un servicio sexual a una multa o cárcel de máximo un año. Lo que está establecido en el primer párrafo ha sido prometido o hecho por otra persona. Bajo esta legislación, el pago por servicios sexuales es un delito, cualquiera que sea el lugar donde el acto de prostitución sea comprado, ya sea en un hotel, en la calle, en la casa del usuario de prostitución, o en una sala de masajes. Tales actividades aplicarían el delito de proxenetismo, el cual criminaliza a la persona “que promueve o inapropiadamente explota financieramente las relaciones sexuales casuales por pago de otra persona”.(10) La prohibición de pagar por servicios sexuales también aplica a terceras partes, criminalizando a individuos que paguen por servicios sexuales para otras personas. En Suecia, el Código Penal también incluye un delito que prohíbe el pago de un acto sexual de un niño o niña menor de 18 años.(11) b. Planes de acción de largo plazo y políticas públicas En adición a un marco legislativo completo, el abordaje sueco involucra asegurar y financiar una diversidad de estrategias y programas con una perspectiva de igualdad de género enfocados en el acceso completo para todas las mujeres y niñas, sin discriminación, a derechos reproductivos y servicios, educación y empleo, estabilidad económica, poder político y participación. Los programas incluyen la reducción de la pobreza, el desarrollo sostenible, medidas para promover la igualdad de género y contrarrestar la violencia masculina contra mujeres y niñas, y servicios sociales enfocados específicamente en mujeres y niñas. Esfuerzos múltiples incluyen el Plan de Acción Nacional sobre Prostitución y Trata de personas con fines de explotación sexual (2008), el Plan Nacional de Acción sobre Trata de niños y niñas (2014), el Plan de Acción del Servicio Exterior Sueco para una política exterior feminista (2015-2018), y la Estrategia Nacional contra la Violencia Masculina hacia las Mujeres (2017-2026). En febrero de 2018, el Estado hizo público un nuevo Plan Nacional de Acción sobre Prostitución y Trata de personas con fines de explotación sexual. Este plan establece 38 medidas en ocho áreas prioritarias que involucran a diez autoridades: (i) colaboración reforzada entre agencias públicas y otros actores; (ii) trabajo preventivo reforzado; (iii) mayor capacidad para descubrir la prostitución y la trata de personas: (iv) medidas legislativas; (v) protección reforzada y asistencia a las víctimas; (vi) cuerpos policiales y judiciales más efectivos; (vii) conocimiento y desarrollo de metodología reforzados; y (viii) cooperación internacional incrementada.(12) c. Medidas legales, de protección y apoyo a las víctimas El trabajo de organizaciones feministas y de la sociedad civil nacionales, y plataformas como Roks, Unizon, el Lobby de Mujeres Suecas, la Plataforma Sueca de la Sociedad Civil sobre la Trata de Personas, PRIS y organizaciones de mujeres locales, ha sido central a la implementación del abordaje sueco para prevenir y eliminar la prostitución y la trata de personas. Estas asociaciones ofrecen su conocimiento y experiencia sobre los derechos humanos de las mujeres a través del activismo y la abogacía, proporcionan refugios y protección para las mujeres, incluyendo a las mujeres prostituidas, recogen información, coordinan la asistencia a las victimas y desarrollan campañas de sensibilización. En Suecia, los siguientes servicios son ofrecidos a víctimas de prostitución y trata de personas con fines de explotación sexual:
d. Capacidad institucional fortalecida La construcción de capacidad y la financiación han sido claves para el trabajo de los cuerpos policiales, fiscales, jueces, controles fronterizos y oficiales de migración. Hemos ofrecido entrenamiento y cursos en línea y en campus, fortalecido las habilidades y métodos de investigación especializados de equipos, promovido cooperación e investigación sobre crimen organizado internacional a través de las fronteras, desarrollado procedimientos y nombrado a fiscales adicionales en salas de audiencias internacionales. Suecia fue el primer estado miembro de la Unión Europea en nombrar un Ponente Nacional sobre Trata de Personas independiente, en 1997. El Ponente monitorea la situación de trata de personas dentro y a través de Suecia en colaboración con agencias reglamentarias y organizaciones comunitarias; evalúa las medidas gubernamentales y comunitarias actuales para prevenir y combatir la prostitución y la trata de personas hacia, y desde Suecia y presenta informes anuales con recomendaciones al gobierno y otros actores. De igual forma, el Comité Nacional para la Salud y el Bienestar, tiene la responsabilidad de examinar las tendencias de desarrollo en el área de la prostitución, de recoger información sobre las necesidades de apoyo y asistencia a individuos que ofrecen servicios sexuales, en cooperación con otras autoridades públicas. En enero de 2018, una nueva agencia estatal, la Agencia para la Igualdad de Género, fue creada para contribuir con el gobierno de manera estratégica, coherente y de largo plazo, así como para implementar efectivamente las políticas y estrategias nacionales de igualdad de género. Esta agencia es responsable de coordinar el trabajo para prevenir y eliminar la prostitución y la trata de personas con fines de explotación sexual, y el Proyecto de Retorno Voluntario de Víctimas para todas las formas de trata de personas. e. Desalentando la demanda de la prostitución El Estado también ha creado servicios de apoyo (13) separados para hombres que pagan o que han pagados por servicios sexuales en el pasado, y para usuarios potenciales de prostitución, por email, chat en línea, teléfono o citas personales. Se ha logrado sensibilizar con éxito a través de campañas públicas como la Campaña Nórdica-Báltica contra la Trata de Mujeres (2002-2003), el Proyecto contra la Trata de Mujeres y Niñas en la Región de Barents (2004-2006) con cuatro países (Suecia, Noruega, Finlandia y Rusia), a través de 100 eventos organizados con el Instituto Sueco para la Educación en varios países, y talleres de un día para más de 65,000 estudiantes entre 15-18 años de edad en colegios de secundaria en Suecia, usando manuales y películas. Desde diciembre del 2014, 189 hoteles y centros de conferencias en Suecia han sido certificados por la estrategia liderada por la comunidad, “Sin Pornografìa” y se les motiva a usar el logo “Sin Pornografía” en su material de mercado, permitiendo que sus clientes reserven en sus hoteles a través del sitio web “Porrfritt.” (14) La campaña Travel Courage (Valentía de Viaje) motivó a residentes suecos que viajan al exterior a que ofrezcan información a las autoridades de Policía sobre la existencia de explotación sexual de niños y niñas en conexión con viajes y turismo, y a reportar incidentes. También, el Lobby de Mujeres Suecas, Roks y Unizon desarrollaron una campaña de reglas éticas contra la compra de actos sexuales para empresas y corporaciones en Suecia, “Dirección Correcta” y recibieron un reconocimiento del Consejo de Prevención del Crimen en octubre de 2014. (15) III. Impactos de la legislación en Suecia En el año 2008, el gobierno Sueco nombró una Comisión de Investigación que tenía la tarea de evaluar los impactos del delito que prohíbe el pago por servicios sexuales. La Comisión produjo un informe concluyente en el 2010 (16). La Investigación concluyó que hay una conexión clara entre la existencia de actividades de prostitución y la trata de personas con fines de explotación sexual. El número de individuos explotados en la prostitución en calle se redujo a la mitad desde 1999, mientras que países vecinos como Dinamarca y Noruega tenían tres veces más individuos en prostitución en calle. Aunque la prostitución vía internet aumentó en Suecia al igual que en otros países, no fue por la implementación del delito, sino debido al desarrollo general de tecnologías digitales. Tampoco hubo evidencia de un aumento en la prostitución en establecimientos o detrás de puertas. La evaluación demuestra que la prohibición del pago por servicios sexuales es disuasoria para los usuarios de la prostitución. Individuos con experiencia en prostitución, así como la policía y los trabajadores sociales concluyeron que los hombres son más cuidadosos, y que la demanda a disminuido considerablemente desde que la prohibición se estableció en 1999. En el 2008, solo 7.8% de los hombres suecos había comprado a alguien para propósitos de prostitución en comparación con el 13.6% previo, a la entrada en vigor de la legislación. De acuerdo al Ponente Nacional sobre la Trata de Personas, hay evidencia firme de que la legislación también funciona como una barrera contra el establecimiento de tratantes y proxenetas en Suecia y desalienta el establecimiento de redes y grupos de crimen organizado. Adicionalmente, la legislación tiene un fuerte apoyo entre el publico general sueco, y ha generado cambios de actitud significativamente positivos. A pesar de las dudas de que sería más difícil llegar y ofrecer ayuda a las mujeres en prostitución, y las actividades de prostitución se “harían clandestinas”, y que las condiciones de los individuos prostituidos empeorarían, la Investigación no pudo encontrar evidencia de que la prohibición haya tenido efectos negativos en los individuos explotados en la prostitución. En 1995, la Investigación sobre Prostitución de 1993, estimó que había entre 2500-3000 mujeres en situación de prostitución en Suecia, de las cuales 650 estaban en las calles. Para el 2008, en contraste, la evidencia académica y otra evidencia sugirió que había aproximadamente 300 mujeres en prostitución en calle, y 300 mujeres y 50 hombres que se promocionaban por internet, con una disminución del 74%. En relación a casos de trata de personas con fines de explotación sexual, el número de casos ha estado relativamente estable desde la introducción de la legislación en el 2002 y 2004. En el 2015, solo se reportaron 58 casos y aumentó a 85 en el 2016. Sin embargo, la mayoría de los casos – 46 para ser exactos- se refieren a delitos que fueron cometidos en países tránsito, contra mujeres y niñas que estaban escapando de países en conflicto como Siria, Irak y Afganistán. El número de casos reportados para cada año se incluye en la siguiente tabla: Delitos reportados: Trata de personas con fines de explotación sexual – enero 1, 2002 a diciembre 2017: El Consejo Nacional para la Prevención del Crímen [http://www.bra.se] NB: El delito de trata de personas entro en vigor en el año 2002. A inicios del 2008, se recolectó información separadamente para THB-SP de adultos y THB-SP de niñxs (CH) menores de 18. Entre el año 1999 y el final de 2017, la exitosa aplicación de la prohibición de pago por servicios sexuales ha hecho que 7619 hombres hayan sido arrestados por intentar pagar o por haber pagado por un servicio sexual. Durante el mismo periodo, 1685 hombres han sido arrestados por el pago de actos sexuales de niños o niñas menores de 18 años. Delitos reportados: enero 1 de 1999- diciembre 31 de 2017: La tasa de condenas a estas ofensas se encuentra a continuación: El Consejo Nacional para la Prevención del Crimen, [http://www.bra.se] NB. Las tasa de condenas se publican el año después de que el delito fuera reportado por primera vez.
En general, las actividades de prostitución en Suecia han cambiado significativamente desde la adopción de las leyes, políticas y estrategias que hacen parte del completo abordaje sueco para prevenir y eliminar la prostitución y la trata de personas. Estos resultados han generado gran apoyo en el país y en muchos países alrededor del mundo. La consistencia y el compromiso a largo plazo es fundamental para el desarrollo e implementación de un marco legal, estratégico y políticas basadas en la igualdad de género para prevenir y combatir la prostitución y la trata de personas. Esto incluye a cuerpos policiales y judiciales entrenados, respetuosos y calificados que trabajan contra la cadena de perpetradores, que incluye a tratantes, proxenetas y de manera importante, a los que pagan por servicios sexuales. También campañas de sensibilización de las normas, y financiación de largo plazo y dedicada para servicios de apoyo y salida, dirigidos a organizaciones especializadas, que incluyen a organizaciones que luchan contra la violencia contra las mujeres y las que luchan por la igualdad de género. Gunilla S. Ekberg, es abogada feminista sueco-canadiense, experta internacional en los derechos humanos de mujeres y niñas. Ha dirigido numerosos proyectos de prevención y lucha contra la trata de personas a nivel nacional y multilateral, participado en las negociaciones del Protocolo de Palermo de las Naciones Unidas, de la Convención sobre la lucha contra la Trata de Personas del Consejo de Europa y como experta para la Unión Europea a través del programa DAPHNE III sobre violencia contra las mujeres y sobre trata de personas. Desde hace muchos años, colabora con organizaciones de mujeres alrededor del mundo en diversos proyectos relacionados con los derechos humanos de las mujeres, violencia contra las mujeres y trata de personas, incluyendo la Unión Europea, Asia y el Medio Oriente. (1) Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, Informe (4 de febrero de 2014) sobre explotación sexual y prostitución y su impacto en la igualdad de género (2013/2103(INI)), en línea en: http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+REPORT+A7-2014-0071+0+DOC+XML+V0//ES (2) Esta información fue confirmada por Eurostat, Trata de Personas: Informe de Trabajo Estadístico (Luxemburgo: Publicaciones de la Oficina de la Unión Europea, 2015) puntos 10-12, con los siguientes resultados: más del 70 % de los presuntos tratantes dentro de la Unión Europea, eran hombres, 70 % de las acusaciones, eran a hombres, y más del 70% de los tratantes procesados, también eran hombres. (3) Prostitutionen i Sverige: Bakgrund och åtgärder (SOU 1981:71). (4) Jämt och ständigt: Regeringens jämställdhetspolitik och handlingsplan för mandatperioden (Skr.2002/03:140). [Plan nacional de acción para la igualdad de género 2002-2006]. (5) El Proyecto de Ley se llamó “Kvinnofrid” que significa “la paz de las mujeres” (6) Capítulo 6 del Código Penal, sección 11. (7) Artículo 1, Comisión Europea, Directiva 2011/36/ EU del Parlamento Europeo y del Consejo del 5 de Abril de 2011 sobre la prevención y lucha contra la trata de personas y la protección a sus víctimas, remplazando la Decisión Marco del Consejo 2002/629/JHA. (8) Artículos 6 y19 de la Convención. (9) Åsa Yttergren et al., “The Swedish Legal Approach to Prostitution. Trends and Tendencies in the Prostitution Debate” [El abordaje legal Sueco a la prostitución. Tendencias en el debate de la prostitución] (2016) 24:1 NORA - Nordic Journal of Feminist and Gender Research 45-55 DOI 10.1080/08038740.2016.1143252 (10) Capítulo 6 del Código Penal, sección 12. (11) Capítulo 6 del Código Penal, sección 9. (12) Swedish government, Handlingsplan mot prostitution och människohandel (8 February 2018) [Plan de acción contra la prostitución y la trata de personas], online: https://www.regeringen.se/informationsmaterial/2018/02/handlingsplan-mot-prostitution-och-manniskohandel/ (13) Stockholm BOSS/KAST, en línea: http://www.stockholm.se/FamiljOmsorg/Socialt-ochekonomiskt- stod/Missbruk-och-beroende/Stod-till-dig-som-saljer-eller-koper-sexuellatjanster/Rad-och-stod-for-dig-som-koper- sexuella-tjanster (14) En línea en: http://porrfritt.se (15) En línea en: http://www.rattriktning.se (16) The Ban against the Purchase of Sexual Services: An Evaluation 1999-2008 (SOU 2010:49). Visita nuestro canal de Youtube con interesantes videos traducidos y subtitulados en español: https://www.youtube.com/channel/UCuDKy2DjYr3Egw6iX1h1tcQ/videos
1 Comentario
Sheila Donnell
27/2/2025 05:22:00 pm
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